Circular Nro. 64/19.-
Santa Fe, 22 de abril de 2019.-
Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Para su conocimiento y notificación a los demás integrantes de esa dependencia, me dirijo a Ud. a fin de comunicarle que en fecha 17.04.2019 se ha recepcionado Resolución N°74/19 del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal, en la cual se solicita se dé amplia difusión a la convocatoria al CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES Y ENTREVISTA A LOS EMPLEADOS DEL PODER JUDICIAL para cubrir UN (01) CARGO DE OFICIAL PRINCIPAL y UN (01) CARGO DE ESCRIBIENTE MAYOR para la Defensoría Regional de la Quinta Circunscripción Judicial, sede Rafaela del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal.
Se transcribe, a continuación, la correspondiente Resolución:
“RESOLUCIÓN Nº 0074
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 15/04/19
VISTO:
El Expediente del Sistema de Información de Expedientes (SIE) Nº 08030-0002545-1 por el que se tramitan concursos de empleados administrativos Ley 13.218 Quinta Circunscripción Judicial. Y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley 13.014 en su artículo 21 establece como atribuciones de la Defensora Provincial en su inc. 8 “…Proponer al Poder Ejecutivo, a través de la Corte Suprema de Justicia, el nombramiento, remoción y ascensos de los miembros del Servicio Público Provincial de Defensa Penal, bajo las condiciones que autoriza la ley al momento de la sanción de la presente…” y en su inc. 16 “…Organizar la estructura administrativa del Servicio Público Provincial de Defensa Penal de acuerdo con las necesidades del servicio y las posibilidades presupuestarias…”;
Que, durante el mes de febrero de 2019 se convocó a concurso interno en el marco del Anexo III de la Resolución Nº 51/17 para cubrir los siguientes cargos previstos en la Ley Nº 13.218 para la Defensoría Regional de la Quinta Circunscripción Judicial, Sede Rafaela: a) dos cargos de Oficial Principal y b) un cargo de Escribiente Mayor.
Que consta en autos lo informado por la Corte Suprema de Justicia respecto al puntaje objetivo de los agentes judiciales inscriptos a los diferentes concursos y la situación particular respecto a cada uno de ellos en relación al cumplimiento de los requisitos formales exigidos.
Que en consecuencia, corresponde resolver acerca de la admisibilidad de los mismos y, en su caso, sobre la deserción producida.
Que, la suscripta se encuentra facultada a dictar la presente norma en virtud de lo establecido en los artículos 21 y 70 de la Ley Provincial N° 13.014.
POR ELLO,
LA DEFENSORA PROVINCIAL
RESUELVE :
ARTÌCULO 1: Declarar como postulantes no admitidos para cubrir dos cargos de OFICIAL PRINCIPAL para la Defensoría Regional de la Quinta Circunscripción Judicial, Sede Rafaela, por no revestir en la categoría inmediata inferior a la concursada a los agentes judiciales:
BIGI, Walter Ignacio; D.N.I. Nº 27.484.116, Legajo Nº 9217.
STEGMAYER, Nicolás Guillermo; D.N.I. Nº 32.404.657, Legajo Nº 8387.
BASCOLO, Antonela Melisa; D.N.I. Nº 33.128.556, Legajo Nº 8104.
LEONI, María Fernanda; D.N.I. Nº 30.985.537, Legajo Nº 8616.
EWTUJ, Virginia; D.N.I. Nº 36.055.067, Legajo Nº 8996.
KREIG, Elena Lía; D.N.I. Nº 18.613.809, Legajo Nº 8251.
ARTÍCULO 2: Declarar como postulante admitida para cubrir un cargo de OFICIAL PRINCIPAL para la Defensoría Regional de la Quinta Circunscripción Judicial, Sede Rafaela, a la agente judicial que a continuación se detalla:
VANDEN DAELE, Paola Soledad; D.N.I. Nº 26.059.000, Legajo Nº 8079.
ARTÍCULO 3: Declarar desierto el concurso para un cargo de OFICIAL PRINCIPAL para la Defensoría Regional de la Quinta Circunscripción Judicial, Sede Rafaela, en razón de lo dispuesto por el artículo 4 del anexo III de la Resolución Nº 51/17.
ARTÍCULO 4: Declarar como postulantes no admitidos para cubrir un cargo de ESCRIBIENTE MAYOR para la Defensoría Regional de la Quinta Circunscripción Judicial, Sede Rafaela, por no revestir la categoría inmediata inferior a la concursada, a los agentes judiciales:
ROMANO, Victoria; D.N.I. Nº 34.935.420, Legajo Nº 9041.
EWTUJ, Virginia; D.N.I. Nº 36.055.067, Legajo Nº 8996.
ELFENBEIN, Celina; D.N.I. Nº 34.720.249, Legajo Nº 9152.
PANIGUTTI, María José; D.N.I. Nº 32.029.784, Legajo Nº 8610.
ARTÍCULO 5: Declarar desierto el concurso para un cargo de ESCRIBIENTE MAYOR para la Defensoría Regional de la Quinta Circunscripción Judicial, Sede Rafaela, en razón de lo dispuesto por el artículo 4 del anexo III de la Resolución Nº 51/17.
ARTÍCULO 6: Convocar a concurso para cubrir un cargo de OFICIAL PRINCIPAL para la Defensoría Regional de la Quinta Circunscripción Judicial, Sede Rafaela, para aquellos agentes que revistan la segunda categoría inmediata inferior a la concursada, en razón de lo oportunamente dispuesto en el artículo 3 de este decisorio.
ARTÍCULO 7: Tener por inscriptos para la convocatoria indicada en el artículo precedente a quienes resultaron no admitidos en el primer llamado a concurso, sin que ello implique valoración alguna sobre su admisibilidad.
ARTÍCULO 8: Convocar a concurso para cubrir un cargo de ESCRIBIENTE MAYOR para la Defensoría Regional de la Quinta Circunscripción Judicial, Sede Rafaela, para aquellos agentes que revistan la segunda categoría inmediata inferior a la concursada, en razón de lo oportunamente dispuesto en el artículo 5 de este decisorio.
ARTÍCULO 9: Tener por inscriptos para la convocatoria indicada en el artículo precedente, a quienes resultaron no admitidos en el primer llamado a concurso, sin que ello implique valoración alguna sobre su admisibilidad.
ARTÍCULO 10: Disponer que el Tribunal Evaluador estará integrado por la Dra. Jaquelina Ana Balangione, el Dra. Estrella Moreno Robinson y el Dr. Martín Ignacio Cáceres.
ARTÍCULO 11: Disponer que las inscripciones para la segunda convocatoria de la presente resolución, se recibirán en la sede de la Defensoría Provincial, sita en calle La Rioja Nº 2633 de la ciudad de Santa Fe, del 29 de abril de 2019 hasta el 2 de mayo de 2019 inclusive, en el horario de 7.30hs a 12.30hs.
ARTÍCULO 12: Ordenar que todas las notificaciones se realizarán a través del sitio web oficial del Servicio Público Provincial de Defensa Penal y/o por correo electrónico, siendo este medio válido y suficiente.
ARTÍCULO 13: Comunicar la presente a la Corte Suprema de Justicia a fin de otorgar amplia difusión al concurso, al personal del SPPDP y al Sindicato de Trabajadores Judiciales. Cumplido, archívese.”
Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.
Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno