Click to listen highlighted text!

Circular nro. 40. Declaración Jurada de Docencia

Circular Nro. 40/2016.-
 
 Santa Fe, 11 de abril de 2016.-
 
Señor 
Titular del Órgano Jurisdiccional
S                     /                   D 
 
Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y efectos, que por Acuerdo Ordinario celebrado en fecha 6.4.2016, Acta Nº 15 – p 10, la Excelentísima Corte Suprema de Justicia,  adoptó la siguiente resolución:
 
 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA S/ REGLAMENTACIÓN DE CUESTIONES QUE HACEN AL SERVICIO DE JUSTICIA. EXPTE. N° 1211/08. VISTAS: Las atribuciones conferidas a este Cuerpo por el artículo 92, inc. 2, de la Constitución provincial y por el artículo 19, incisos 1, 8, 9 y 17 de la ley 10.160; y los deberes consagrados en los artículos 212 y 213 de la mencionada ley; y, CONSIDERANDO: 1. Que, sabido es que el desempeño en este Poder Judicial implica para todos sus integrantes -agentes, funcionarios y magistrados- una dedicación funcional particularmente intensa, justificada por la especial índole de valores que este Poder está llamado a tutelar. En efecto, los requerimientos de la ciudadanía, en tanto se traducen en la promoción de demandas y de denuncias ante Tribunales, Fiscalías y Defensorías, merecen la más pronta y eficaz atención de parte de todo el personal judicial, al estar de por medio en los procesos judiciales la vigencia del principio de solución pacífica de conflictos en los que están comprometidos la dignidad, la libertad y el patrimonio de los ciudadanos. En momentos como el actual, en el que se mantiene alto el índice de litigiosidad, corresponde agudizar las exigencias que se derivan de la correcta gestión del servicio; todo lo cual, a su vez, justifica que se recuerde el puntual cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5.3.j. de las “Normas Uniformes Relativas al Contralor de Asistencia y Permanencia en sus Tareas del Personal del Poder Judicial de la Provincia” (Acta N° 38, del 21.3.1984; texto conforme Acta N° 34, p. 7, del 27.8.2008), que dispone que los magistrados y los funcionarios del Ministerio Público que tengan a su cargo el despacho diario deberán estar presentes en sus oficinas como mínimo cinco horas dentro del horario de atención al público, sin perjuicio de las demás obligaciones funcionales propias del cargo; con la sola excepción de aquellos casos en que, por exigencias propias de la labor jurisdiccional, se deban cumplir diligencias fuera de los despachos durante dicho horario, en la medida en que aquella función lo justificare. 2. Que,  asimismo, cabe recordar que esta Corte, en Acuerdo del 17.11.2009 (Acta N° 49, p. 9), y en relación al tema, dispuso que por Secretaría de Gobierno se instrumente un Sistema de Declaraciones Juradas a cumplimentar por todos los integrantes de este Poder Judicial, en orden a expresar si desarrollan cualquier tipo de actividad docente; y para el caso de que así fuere, declaren cuáles son las mismas, comprendiendo a tal fin todos los niveles y modalidades educativas existentes conforme las normas vigentes; para lo cual, incluso, aprobó un formulario especial en Acuerdo del 25.11.2009 (Acta N° 50, p. 2). Que, atento las circunstancias mencionadas en el apartado anterior, y el tiempo transcurrido desde  aquella gestión, esta Corte entiende que corresponde requerir de todos los integrantes del Poder Judicial una nueva actualización de la declaración jurada respecto de la actividad docente. Dicha declaración habrá de efectivizarse en el formulario que se pondrá a disposición en la página web de este Poder Judicial (www.justiciasantafe.gov.ar), sección “Institucional”, “Formularios varios para trámites ante la Secretaría de Gobierno”, y que deberá ser presentado en soporte papel hasta el día 06.05.2016 inclusive en las Mesas de Entradas de la Secretaría de Gobierno del Cuerpo (para el personal de las Circunscripciones Judiciales N° 1, 4 y 5) y de la Secretaría Letrada en Rosario (para el personal de las Circunscripciones Judiciales N° 2 y 3). 3. Corresponde, finalmente, recordar que sigue vigente la prohibición para todo el personal del Poder Judicial de desarrollar actividad docente durante el horario de oficina (conf. lo establecido por esta Corte en Acuerdo de fecha 27.8.2008, Acta N° 34, p. 7; ya mencionado); extremo que, en la oportunidad, se procederá a controlar a través de la consulta a las casas de estudio de la Provincia. Por lo expuesto, luego de un intercambio de opiniones y oído en este acto el señor Procurador General, SE RESUELVE: 1. Disponer que, por Secretaría, se emita una circular recomendando el estricto cumplimiento del artículo 5.3.j. de las “Normas Uniformes Relativas al Contralor de Asistencia y Permanencia en sus Tareas del Personal del Poder Judicial de la Provincia” (Acta N° 38, del 21.3.1984; texto conforme Acta 34, p. 7, del 27.8.2008); y la vigencia de la prohibición de dictar clases durante el horario de oficina. 2. Requerir a todos los integrantes del Poder Judicial la presentación de una declaración jurada de actividad docente, en las condiciones establecidas en los considerandos de la presente resolución. 3. Oficiar a las Facultades de Derecho de la Provincia a los fines de que informen la nómina de personal docente que efectivamente cumple tareas frente al aula en horarios matutinos.
  
En cumplimiento de lo resuelto, corresponde recomendar el estricto cumplimiento del artículo 5.3.j de las “Normas Uniformes Relativas al Contralor de Asistencia y Permanencia en su Tareas del Personal del Poder Judicial de la Provincia” (Acta Nº 38, del 21.3.1984; texto conforme Acta 34, p.7, del 27.8.2008); y la vigencia de la prohibición de dictar clases durante el horario de oficina.
 
Asimismo y en orden a lo requerido, resulta procedente notificar la presente a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional o dependencia judicial, y hacer saber que la nueva actualización de la declaración jurada respecto de la actividad docente habrá de efectivizarse en el formulario que se encuentra a disposición en la página web de este Poder Judicial (www.justiciasantafe.gov.ar), sección “Institucional”, “Formularios varios para trámites ante la Secretaría de Gobierno”, “Formulario Actualización Declaración Jurada de Docencia”; el que deberá ser impreso, completado y presentado en soporte papel hasta el día 6.5.2016 inclusive en las Mesas de Entradas de la Secretaría de Gobierno del Cuerpo (para el personal de las Circunscripciones Judiciales Nº 1, 4 y 5) y de la Secretaría Letrada en Rosario (para el personal de las Circunscripciones Judiciales Nº 2 y 3).
 
Para el caso de aquellas dependencias que no cuenten con correo oficial del Poder Judicial, se envía la presente circular en soporte papel y se adjunta el formulario respectivo.
 
                                     Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

                                                                                                                                                  

                                      Dr. Eduardo Bordas
                                      Secretario de Gobierno
 

Click to listen highlighted text!