Circular N° 95/16.-
Santa Fe, 14 de octubre de 2016.-
Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a los demás integrantes de ese órgano jurisdiccional, que se ha recepcionado correo electrónico del Director General Subrogante del Consejo de la Magistratura y Jueces Comunitarios, que textualmente dice: “Por el presente remitimos como documento adjunto comunicado sobre inscripción online a postulantes a concursos, a los fines de su debida difusión para que llegue a conocimiento de los interesados. Atte.- Brian KILGELMANN – Director Gral. Subr. Consejo de la Magistratura.”
Se transcribe a continuación el contenido del documento adjunto: "COMUNICADO PARA LOS POSTULANTES. De acuerdo a la norma que regula el funcionamiento del Consejo de la Magistratura, y debido a la inminente convocatoria para los concursos con los que se cubrirán cargos vacantes tanto del Ministerio Público de la Acusación, del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal, como de Magistrados del Poder Judicial, desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos le recuerdan a todos los postulantes, que es de carácter obligatorio la carga digital de los datos y antecedentes exigidos a través del portal web de la provincia (www.santafe.gov.ar), en miras a lo establecido por el nuevo Decreto N° 854/16 y su resolución reglamentaria N° 128/16 (modificada por resolución N° 272/16).
Asimismo, dichos datos deberán estar acompañados por un documento original o copia certificada que los certifiquen, advirtiéndose que aquellos que no hayan sido volcados en formato digital, no serán tenidos por presentados.
Conjuntamente, se detalla que una vez completado el formulario de inscripción en forma digital, el sistema generará una constancia para ser impresa por el interesado, quien deberá entregarla en la sede del Consejo de la Magistratura, junto a los antecedentes conforme lo establece el artículo 10, último párrafo del Decreto 854/2016, en dos carpetas, una orginal y una copia.
Por último, desde la cartera provincial aclaran que la presente disposición aplica también a quienes ya se hubieren inscriptos a un concurso abierto durante la vigencia del Decreto N° 3904/12, y responde al carácter de declaración jurada de la presentación, lo que se traduce en mayor celeridad procedimental y administrativa a la hora de sustanciar los concursos, con el fin de poder cumplir con las coberturas de las vacantes actuales en el menor tiempo posible.”
Saludo a Ud. atentamente.-
Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno Comunicado adjunto: CI-95-16