Circular Nro. 14/18.-
Santa Fe, 07 de marzo de 2018.-
Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Para su conocimiento y notificación a los demás integrantes de esa dependencia, me dirijo a Ud. a fin de comunicarle que en fecha 06.03.2018 se ha recepcionado Resolución Nro. 27/2018 del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal, en la cual se solicita se dé difusión a la convocatoria para el CONCURSO ABIERTO DE ANTECEDENTES, OPOSICIÓN Y COLOQUIO para cubrir UN (01) CARGO DE ADMINISTRADOR GENERAL, con categoría presupuestaria de Juez de Primera Instancia, 3.2.500, que fuera convocado por Resolución N°02/11 del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal.
Se transcribe, a continuación, Resolución Nro. 27/2018 del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal:
“RESOLUCION Nº0027
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 05/03/18
VISTO:
El Expediente del Sistema de Información de Expedientes (SIE) N° 08030-0001833-6 y la necesidad de cubrir un (01) cargo de funcionario no sujeto a acuerdo legislativo creado por ley 13.014 de acuerdo a la Estructura Orgánico Funcional de Planta Permanente del Servicio Público Provincial de Defensa Penal, conforme a la Resolución de la Defensora Provincial N.º 167/17, y;
CONSIDERANDO:
Que la ley N° 13014 de creación del organismo establece en su artículo 33 que “El Servicio Público Provincial de Defensa Penal tendrá un administrador general que dependerá directamente del Defensor Provincial…Será designado por el Defensor Provincial, previo concurso de oposición y antecedentes, garantizando transparencia, excelencia, celeridad, regionalización y participación ciudadana. Durará seis (6) años en la función, pero podrá ser removido por el Tribunal de Disciplina por la comisión de faltas graves”.
Que por resolución N° 21/2011 SPPDP se seleccionó a la CPN María Alejandra Benavídez como Administradora General, por el período dispuesto por la mencionada ley.
Que conforme ello, se debe proceder a realizar un llamado a concurso para cubrir el cargo de Administrador General, el cual quedará vacante a partir de la fecha 15 de mayo del corriente.-
Que para la sustanciación del concurso respectivo resulta de aplicación la Resolución N°02 del Sr. Defensor Provincial dictada en fecha 15/04/2011 que aprobó el “Procedimiento de Selección para cubrir el cargo de Administrador/a General del Servicio Público Provincial de Defensa Penal”.
Que la resolución N° 167/2017 SPPDP aprobó la Estructura Orgánica Funcional para el organismo, estableciendo en el Anexo B las funciones del Administrador General en concordancia con la ley 13014.
Que en virtud de lo dispuesto por la citada resolución corresponde dictar una Resolución de Apertura de Concurso -R.A.C.- en la que se debe determinar, entre otras cuestiones, el órgano de selección, la fecha de inicio y cierre de inscripción, el lugar y hora de presentación del formulario de inscripción, como así también el tipo de difusión que se establecerá para la convocatoria.
Que atento la naturaleza del cargo a cubrir, conforme la especificidad de los conocimientos que para su óptimo desempeño se requieren y tal como lo dispone el “Procedimiento de Selección para cubrir el Cargo de Administrador General”, resulta procedente llamar a concurso abierto de antecedentes, oposición y coloquio y convocar a formar parte del Órgano de Selección a expertos de acuerdo al perfil del cargo.
Que corresponde dar difusión en la página web del Servicio Público Provincial de Defensa Penal aprobada por Resolución N° 8/2012 y en dos (2) periódicos de circulación en el territorio de la Provincia de Santa Fe.
Que una vez realizado el concurso y definida la persona que ocupará el cargo se realizará la correspondiente designación.
POR ELLO, LA DEFENSORA PROVINCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- De conformidad a la Resolución N° 02/2011, CONVOCAR A CONCURSO ABIERTO DE ANTECEDENTES, OPOSICIÓN Y COLOQUIO para cubrir el cargo de acuerdo al perfil que se especifica en el artículo sexto de la presente Resolución:
a) UN (01) CARGO DE ADMINISTRADOR GENERAL, con categoría presupuestaria de Juez de Primera Instancia de Distrito, 3.2.500.
ARTÍCULO 2°.- Para el cargo descripto en el artículo 1, integrar el Órgano de Selección con la Sra. Defensora Provincial, Dra. Jaquelina Ana Balangione, la Sra. Defensora General de la Provincia de Chaco, Dra. Alicia Alcalá, en calidad de titular y los Sres. Defensores Generales de las Provincias de Entre Ríos y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dres. Maximiliano Francisco Benítez y Luis Esteban Duacastella Arbizu, en calidad de suplentes; los Profesores de la Universidad Nacional del Litoral, Dres. Gabriel Somaglia, Justo Reyna y Francisco Fernández, postulados por esa casa de estudios, revistiendo el carácter de titular, primer y segundo suplente -respectivamente-.
ARTÍCULO 3°.- En el Órgano de Selección conformado según el artículo precedente, podrán intervenir como suplentes de la Sra. Defensora Provincial, los Defensores Regionales en el orden correspondiente a sus circunscripciones, o el Administrador General si así lo dispusiera la máxima autoridad.-
ARTÍCULO 4.- La actuación del Órgano de Selección se ajusta a las siguientes pautas:
a) Es “ad honorem”.
b) Sesiona en la sede del Servicio Público Provincial de Defensa Penal de la Capital Provincial, sita en calle La Rioja 2633 de la ciudad de Santa Fe.
c) Deja constancia de lo actuado en acta suscripta por todos sus miembros.
d) Todas sus decisiones serán adoptadas por el régimen de mayorías.
ARTÍCULO 5°.- Establecer como requisitos de admisibilidad los fijados en el artículo 33 de la ley 13014 y artículo 6 de la Resolución 02/2011 SPPDP. A su vez, los postulantes deben reunir el perfil requerido para el cargo al que se presentan.
ARTÍCULO 6º.- PERFIL DEL CARGO DE ADMINISTRADOR/A GENERAL:
Nombre del puesto: Administrador/a General.
Dependencia funcional: Defensora Provincial
Descripción general del puesto: El mismo se encuentra señalado en la “misión” asignada en la ley 13014 y la Resolución del Defensor Provincial N° 167/2017 sobre Estructura Orgánico Funcional de la Planta Permanente del Servicio Público Provincial de Defensa Penal para el cargo de Administrador General.
Principales responsabilidades del puesto: El mismo se encuentra en las “funciones” atribuidas pormenorizadamente en la Resolución del Defensor Provincial N° 167/2017 sobre Estructura Orgánico Funcional de la Planta Permanente del Servicio Público Provincial de Defensa Penal al que se transcriben a continuación:
“1. Participar en todas aquellas actividades de elaboración, administración y ejecución presupuestaria.
2. Supervisar la realización del control de ejecución presupuestaria de la Defensoría Provincial y de las Defensorías Regionales.
3. Gerenciar los recursos materiales y humanos que le sean encomendados por el Defensor Provincial.
4. Definir las políticas y supervisar la elaboración de los protocolos de actuación en materia de presupuesto, como aquellos atinentes a la materia de su
ámbito.
5. Colaborar en la elaboración del informe anual de gestión previsto en la ley.
6. Establecer las necesidades básicas necesarias para el comienzo de la puesta en funcionamiento del SPPDP en cada una de las circunscripciones en coordinación con el Defensor Provincial y cada uno de los Defensores Regionales.
7. Supervisar, controlar que se prepare y aprobar el proyecto preliminar de presupuesto del SPPDP.
8. Aprobar la Programación de la ejecución presupuestaria – financiera y física – siguiendo los lineamientos junto al Defensor Provincial.
9. Supervisar y aprobar la reprogramación de la ejecución presupuestaria – financiera y física, así como las modificaciones al Presupuesto vigente.
10. Supervisar y aprobar las respuestas a los pedidos de información que fueran requeridos sobre el Presupuesto, a los efectos de evaluar la ejecución presupuestaria y su avance físico.
11.Supervisar que se administre correctamente el funcionamiento de los fondos rotatorios/cajas chicas, de acuerdo al régimen y los límites establecido por la normativa aplicable al SPPDP.
12.Aprobar, requerir informes y controlar la administración de los pagos con recursos de su administración o con fondos transferidos desde la Tesorería.
13.Verificar la correcta Generación en el SIPAF de registros actualizados de cada uno de los ingresos, pagos, retenciones y deducciones que se realicen.
14.Controlar y requerir informes para la correcta elaboración de las rendiciones de cuentas que justifiquen los movimientos de fondos y valores realizados.
15.Verificar se apliquen los regímenes tributarios vigentes que graven los pagos que efectúe a los beneficiarios de pago de la Provincia, dando cumplimiento a las formalidades y obligaciones establecidas por el fisco.
16.Controlar la realización de las imputaciones contables y/o ajustes en los momentos de registros que corresponden a la ejecución presupuestaria de recursos y gastos.
17.Verificar se cumplimenten con los estados en los términos y modalidades que requiera el Tribunal de Cuentas de la provincia.
18.Verificar la realización de las operaciones de ajustes de cierre del Ejercicio Presupuestario que posibiliten elaborar los estados contables/financieros que integran la Cuenta de Inversión.
19.Controlar se mantenga un inventario actualizado de bienes muebles e inmuebles, relevando conjuntamente las necesidades de contratación o compras. Es responsable del adecuado relevamiento, carga y mantenimiento de los bienes adquiridos.
20.Gestionar los procesos de contratación que fueran indicados por la Defensoría Provincial.
21.Supervisar que se mantengan registros contables actualizados de las transacciones con incidencia económica y financiera, conforme las normas y principios de contabilidad aplicables a este SPPDP.
22.Verificar la realización de la revisión e informe de las Rendiciones de Cuentas presentadas por los responsables de movimientos de fondos, la correcta registración y control de cargos y descargos de los responsables.
23.Velar por que se facilite la información requerida por los órganos de control en tiempo y forma.
24.Controlar que se confeccionen los Balances de Movimientos de Fondos exigidos por el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
25.Supervisar, Intervenir y Gestionar las contrataciones de bienes y servicios, compraventas y concesiones conforme a las reglamentaciones vigentes y
aplicables al SPPDP.
26.Llevar a cabo cualquier otra tarea relacionada con la competencia que por la presente se le asigna y que sea encargada por el Defensor Provincial”
Calificaciones educativas necesarias o deseables: Se requiere poseer título de contador público nacional, licenciatura o equivalente en ciencias de la administración. Tener un elevado nivel de compromiso con el respeto de los Derechos Humanos; estar compenetrado de las realidades sociales, políticas, culturales y penales de la Provincia de Santa Fe.
Habilidades y aptitudes deseables: Deberá también ser competente en la toma de decisiones, la comunicación efectiva de las ideas, el control y la coordinación con su superior y equipo de trabajo. Demostrar iniciativa para la participación en el delineamiento de la política institucional, ojo crítico, capacidad de información y comunicación. Finalmente, el postulante deberá presentar trato amable y respetuoso. Se valorará la experiencia en la Administración Pública o Privada y la gestión de personal a cargo.
Experiencia requerida para ocupar el puesto: 5 (cinco) años en el ejercicio liberal de la profesión o de la función pública.
Zona de residencia requerida: Su sede será la ciudad de Santa Fe. Sin embargo deberá tener amplia disponibilidad horaria para el cumplimiento de su función dentro del ámbito territorial de las cinco Circunscripciones Judiciales de la Provincia de Santa Fe (1° Santa Fe, 2° Rosario, 3° Venado Tuerto; 4° Reconquista, 5° Rafaela).
ARTÍCULO 7.- Fijar como período de inscripción 5 (cinco) días hábiles, comprendidos entre el día 26 de marzo y el 4 de abril del corriente (ambos inclusive), en el horario de 8 a 12 horas en la Sede de la Defensoría Provincial sita en calle La Rioja 2633 de la ciudad de Santa Fe.
ARTÍCULO 8.- Recibidas las inscripciones la Sra. Defensora Provincial o la persona que ésta designe controla el cumplimiento de los requisitos formales.
Se publicitará en la página web (www.sppdp.gob.ar) la integración del Órgano de Selección y el Acta de cierre de inscripción que incluirá el listado de postulantes admitidos, admitidos provisorios y no admitidos al concurso, cursándose correo electrónico a los postulantes que les hará saber que la información se encuentra disponible en la página.
ARTÍCULO 9.- La fecha, horario y lugar donde se llevarán a cabo la oposición y coloquio serán comunicados en la página web del Servicio Público Provincial de Defensa Penal.
Sólo serán convocados los postulantes admitidos y los que la Defensora Provincial habilite condicionalmente.
ARTÍCULO 10.- Conforme artículo 9 de la Resolución 02 de 2011 del SPPDP, la oposición consistirá en una entrevista personal, pública, donde los postulantes deberán exponer un plan de trabajo.
En la entrevista, el cuerpo evaluador podrá realizar a las personas que se postulan para el cargo todo tipo de preguntas relacionadas con su formación, experiencia, conocimientos técnicos, personalidad y otros aspectos que permitan evaluar la calidad profesional, las competencias actitudinales y los atributos personales de las/los entrevistadas/dos.
ARTICULO 11.- Inmediatamente luego de finalizada la oposición, el Órgano de Selección asigna a cada postulante el puntaje final, todo conforme a lo establecido en la resolución N°02/2011 SPPDP y finalmente conforma el consecuente orden de mérito para lo que el mencionado Órgano confeccionará un acta que deberán rubricar todos sus miembros, la que se publicará en la página web del Servicio Público Provincial de Defensa Penal a más tardar dentro de los 3 (tres) días hábiles posteriores a la finalización de la totalidad de los coloquios del concurso.
ARTICULO 12.- El orden de mérito es vinculante, salvo disposición fundada de la Defensora Provincial en causas conocidas con posterioridad.
ARTICULO 13.- Los postulantes podrán deducir impugnación en los términos y condiciones del artículo 13 de la Resolución del Defensor Provincial N° 02/2011 que aprueba el Procedimiento de Selección del Administrador General del Servicio Público Provincial de Defensa Penal.
ARTICULO 14.- Dispóngase que la convocatoria a concurso público deberá difundirse en la página web del Servicio Público Provincial de Defensa Penal (www.defensasantafe.gob.ar) y 2 (dos) periódicos de amplia circulación en la Provincia Santa Fe, a saber: La Capital y El Litoral, por dos días seguidos.
ARTÍCULO 15.- Requerir a la Corte Suprema de Justicia conceda difusión a la presente convocatoria.-
ARTÍCULO 16.- Disponer que el SPPDP reconocerá los gastos documentados de los integrantes del órgano de Selección de conformidad a las pautas de la resolución n.º 4/2014.-
ARTÍCULO 17.- Regístrese, notifíquese a la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe. Cumplido, archívese.”
Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.
Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno