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Circular nro. 30. Registro único de aspirantes a guarda con fines adoptivos solicita clave de acceso al sistema de autoconsulta de expedientes.

Circular Nro. 30/21.-

Santa Fe, 3 de marzo de 2021.-

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo celebrado el día 2.3.2021, Acta N° 6, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:

REGISTRO ÚNICO DE ASPIRANTES A GUARDA CON FINES ADOPTIVOS SOLICITA CLAVE DE ACCESO AL SISTEMA DE AUTOCONSULTA DE EXPEDIENTES. VISTAS: Las necesidades del servicio judicial, y; CONSIDERANDO: Que se ha recibido nota de la Directora del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, solicitando poder contar con una clave a los fines de ingresar al sistema de autoconsulta de expedientes que brinda este Poder Judicial, y así materializar el seguimiento de la totalidad de las causas donde, siendo parte dicha Institución, intervienen los distintos profesionales representando al mismo. Que, cabe tener presente que, a la fecha, 168 juzgados y tribunales que abarcan las materias civil y comercial, laboral, familia, responsabilidad extracontractual, circuito y contencioso administrativo, incluyendo la Corte Suprema de Justicia, publican información actualizada de las causas a través del referido sistema. Que el acceso a este modo de publicación ha facilitado la tramitación de las causas judiciales a los profesionales y partes con interés legítimo en las mismas, quienes pueden consultar el estado y trámite de los expedientes en los que intervienen; acceso que se viene haciendo desde la página web de este Poder Judicial, como así también, de manera más reciente, a través de la aplicación para teléfonos celulares “mobile”, lo que permite acceder en tiempo real a los mismos expedientes publicados a través del sistema de autoconsulta. Que, siendo así, corresponde hacer lugar a la solicitud formulada, resultando menester que se arbitren los mecanismos técnicos que correspondan, a los fines de posibilitar el acceso al sistema de autoconsulta, de manera tal que el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, a través de su Directora Provincial, pueda contar con una clave asignada al efecto que le permitirá visualizar todos los expedientes donde dicho organismo tome intervención. Que, en tal sentido, resulta necesario recomendar a los Juzgados y Tribunales que publican información de sus causas a través del mecanismo señalado -especialmente aquéllos que tramitan la materia de familia-, que deberán vincular correctamente al Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos en los expedientes donde el mismo tome intervención y a partir de dicho momento, de la misma manera que lo realizan respecto a los restantes profesionales del derecho. En similar sentido, las presentaciones efectuadas por los representantes del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, deberán expresar de manera fehaciente la solicitud de vinculación a dicho organismo como parte del proceso. Por todo lo cual, y oído en este acto el señor Procurador General, RESUELVE: 1. Hacer lugar a lo solicitado por el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, permitiéndosele acceder al sistema de autoconsulta a la titular de dicho organismo, de acuerdo a los considerandos que anteceden. 2. Disponer como fecha de puesta en funcionamiento el 8 de marzo de 2021. 3. Comunicar la presente a los juzgados y tribunales con competencia en materia de familia a los fines de hacer saber lo aquí resuelto. 4. Dar intervención a la Secretaría de Informática para que lleve adelante las tareas necesarias a los efectos de hacer efectivas la solicitud formulada. FDO.: FALISTOCCO. ERBETTA. GASTALDI. GUTIÉRREZ. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).-”

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno

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