Circular Nro. 132/22.-
Santa Fe, 14 de diciembre de 2022.-
Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo celebrado el día 14.12.22, Acta N° 45, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:
“SISFE AUTOCONSULTA ONLINE – ACTUALIZACIÓN – INCORPORACIÓN DEL MÓDULO DE “GESTIÓN DE OFICIOS”. El señor Secretario de Gobierno de la Corte, Dr. EDUARDO M. P. BORDAS, informa que en fecha 12.12.2022, dictó la siguiente resolución: “… VISTAS: Las necesidades de servicio judiciario, y; CONSIDERANDO: Que cabe tener presente que entre los distintos avances y proyectos que viene llevando adelante la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia en el marco de la digitalización integral de los procesos judiciales, se encuentra la vía de interacción que ofrece la Autoconsulta Online, para diferentes dependencias extra Poder Judicial. En esta orientación, numerosos organismos transaccionan a diario utilizando esta plataforma, entre ellos, la Caja de Pensiones Sociales de la Ley 5110 y los Colegios de Escribanos de Santa Fe y Rosario, presentando las contestaciones a oficios de manera totalmente electrónica y con firma digital (Acuerdos del 13.09.2022, Acta 32 y del 26.10.2022, Acta 38). Que en ese orden de ideas y con la finalidad del constante mejoramiento de los servicios que se ofrecen a través de Internet, se ha continuado el desarrollo evolutivo del mecanismo de presentación de respuestas a oficios signados digitalmente por Autoconsulta Online; lo cual facilitará, además, la incorporación de otros organismos en idéntico sentido. Por tales motivos, se advierte propicio proponer al Alto Cuerpo la actualización de la plataforma de Autoconsulta de este Poder Judicial; de forma tal que estas Entidades -y las que de futuro se habiliten- continúen interactuando con las dependencias que usan SISFE, a través de una nueva funcionalidad específica de “Gestión de Oficios”. En este camino, las respuestas a requerimientos e informes que libren en un expediente en trámite se continuarán materializando dentro de la plataforma, con la particularidad de hacerlo, ahora, por un acceso dedicado. Igualmente, al dar de alta una contestación a un oficio, el organismo presentante deberá identificar el número de CUIJ (Código único de identificación jurídica) sobre el cual pretende hacer dicha acción; acompañando el documento electrónico pertinente con firma digital. Ello implica, por tanto, que la presentación ingresará, como viene ocurriendo, de manera inmediata al Juzgado o Tribunal donde está radicado el expediente, a través de la bandeja de recepción de escritos del sistema de gestión SISFE. Con toda esta operatoria se busca consolidar y agilizar las intervenciones que estas Entidades tienen en los expedientes judiciales fundamentalmente del Derecho Privado, aportando trazabilidad a sus presentaciones; sobre las cuales son de aplicación las reglamentaciones vigentes adoptadas por el Máximo Tribunal. En el mismo sentido, como es habitual, se encontrará debidamente actualizado el correspondiente manual de ayuda, donde estará a disposición toda la información relacionada con lo aquí propuesto, tanto en la página web del Poder Judicial como en el portal de SISFE Autoconsulta Online; arbitrándose además los medios necesarios para brindar capacitación a los usuarios y actores involucrados. Que, en virtud de lo expuesto, y atento a lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley N° 10160 (t.o. según Decreto N° 46/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta N° 41, Punto Único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, RESUELVE: 1) Proponer a la Corte Suprema de Justicia la actualización de la plataforma de SISFE Autoconsulta Online con la incorporación del módulo de “Gestión de Oficios”, a partir del 6.2.2023. 2) Proponer al Máximo Tribunal Provincial que dicha funcionalidad sea aplicable, desde dicha fecha, a las respuestas a oficios con firma digital que libran la Caja de Pensiones Sociales de la Ley 5110 y los Colegios de Escribanos de Santa Fe y Rosario, como a los demás organismos que de futuro se incorporen; conforme los alcances mencionados en los Considerandos que anteceden. Regístrese, resérvese copia y dése cuenta al Cuerpo. FDO.: BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). GUERRERO (SECRETARIA DE INFORMÁTICA)”. Por todo ello, y oído el señor Procurador General, SE RESUELVE: I. Hacer lugar a las propuestas formuladas por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo. II. Librar las comunicaciones pertinentes. FDO.: GUTIÉRREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS. (SECRETARIO).
Sin otro particular, lo saludo atentamente.
Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno